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COMUNICADO OFICIAL | Información pago dividendos 2025

El Club pone en marcha el procedimiento para pagar el dividendo, de 0,07€ por acción, aprobado en la Junta General de Accionistas celebrada el 12 de marzo de 2025

Como consecuencia de la aprobación del primer punto del orden del día de la Junta General celebrada el día 12 de marzo de 2025, el Consejo de Administración del Elche Club de Futbol S.A.D ha aprobado el procedimiento para el pago de este, en base a la habilitación acordada por dicha Junta General en favor del Consejo.

Dicho pago comenzará a producirse a partir del día 13 de marzo de 2025, para todos los accionistas con independencia del número de acciones que posean y en un único pago.

El procedimiento aprobado por el Consejo de Administración es el siguiente: 

1.- ¿Quién tiene derecho a cobrar este dividendo?

La fecha de registro de la condición de accionista del ELCHE CF, a los efectos del pago de este dividendo, será la que se refleje en el Libro Registro de Acciones Nominativas de la sociedad el día 11 de marzo de 2025. De este modo, quienes resulten ser accionistas a esa fecha y por el número de acciones que tengan registradas en ese momento, tendrán derecho al dividendo con cargo a reservas, con independencia de que transmitan sus acciones a partir de esa fecha y antes del cobro efectivo del dividendo.

2.- Medio y fechas de pago del dividendo.

La Sociedad sólo efectuará el pago de estos dividendos mediante transferencia bancaria. En ningún caso se hará el pago en efectivo.
Para todos los accionistas, independientemente del número de acciones que posean, se realizará un pago único dentro de los 15 días hábiles siguientes a la aportación de la documentación necesaria para el cobro del dividendo, siempre que ésta fuera correcta.

3.- Documentación necesaria a aportar a la Sociedad para el cobro del dividendo para los accionistas.

En el caso de personas físicas, la documentación que deben aportar los accionistas consistirá en fotocopia del DNI o NIE en vigor y certificado de titularidad de cuenta bancaria expedido en 2025.
En el caso de personas jurídicas, la documentación que deben aportar los accionistas consistirá en fotocopia del DNI o NIE en vigor del representante de la sociedad, escritura de poderes y certificado de titularidad de cuenta bancaria expedido en 2025.

4.- Formas de presentar la documentación.

La Sociedad pondrá a disposición del accionista, desde el día 13 de marzo del 2025, para poder aportar la documentación a presentar, así como paras cualquier consulta relativa al cobro del dividendo, el correo electrónico dividendo@elchecf.es
Los supuestos de cotitularidad sobre acciones, accionistas menores de edad y usufructuarios de acciones serán exclusivamente atendidos de forma personalizada, exclusivamente bajo cita previa (ver punto siguiente de este comunicado).

5.- Cotitularidades, Titulares menores de edad, y Usufructuarios.

* Cotitularidades

El certificado de titularidad bancaria debe ser emitido a nombre de todos los cotitulares o miembros de la comunidad de bienes o copropietarios en proindiviso, a salvo de que todos sus miembros designen por escrito a uno de ellos como beneficiario para la recepción del pago. El resto de la documentación (DNI/NIE) deberá ser de todos los miembros. La retención fiscal se practicará al titular de la cuenta que, a efectos fiscales figurará como el perceptor.

* Accionistas menores de edad sin cuenta bancaria o con cuenta bancaria.

En el caso en que el menor de edad no tenga cuenta bancaria abierta a su nombre, se admitirá un certificado de titularidad de la cuenta bancaria a favor de uno o ambos padres, debiendo aportarse copia del libro de familia, los DNI/NIE de ambos progenitores y la firma de ambos en el documento de designación de la cuenta para el ingreso. La renta se imputará al titular de la cuenta en todo caso.
En el supuesto de familias monoparentales o en las que la custodia del menor esté atribuida a un solo progenitor, bastará la firma de éste.
En el supuesto de menores, titulares de cuenta, necesitaremos el DNI/NIE del representante legal y el del menor.

* Usufructuarios.

En caso de usufructo sobre acciones, el derecho al cobro del dividendo corresponde al usufructuario. Quien ostente un derecho de usufructo sobre acciones del ELCHE CF deberá aportar al Club la documentación acreditativa de su derecho, así como los mismos documentos que se exigen para el pago del dividendo al resto de accionistas; en otro caso el Club abonará el dividendo a quien figure como accionista en su Libro registro de Acciones.

6.- Aviso importante sobre los canales de comunicación.

El Club desea aclarar que, para facilitar los trámites con los accionistas, esta gestión no se atenderá por otros cauces o canales distintos a los establecidos en este comunicado. Para cualquier duda o información adicional pueden llamar al teléfono 965 459 714, de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas.